Art. 19
Tasas por la utilización de medios de pago
En vigor desde 25 oct 2011
Artículo 19
Tasas por la utilización de medios de pago
Los Estados miembros prohibirán a los comerciantes cargar a los consumidores, por el uso de determinados medios de pago, tasas que superen el coste asumido por el comerciante por el uso de tales medios.
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