Art. 81
Derogación
En vigor desde 24 nov 2010
Artículo 81
Derogación
1. Quedan derogadas las Directivas 78/176/CEE, 82/883/CEE, 92/112/CEE, 1999/13/CE, 2000/76/CE y 2008/1/CE, modificadas por los actos enumerados en la parte A del anexo IX, con efectos a partir del 7 de enero de 2014, sin perjuicio de las obligaciones de los Estados miembros en cuanto a los plazos de incorporación al Derecho nacional y de aplicación de las Directivas, que figuran en la parte B del anexo IX.
2. Queda derogada la Directiva 2001/80/CE, modificada por los actos que figuran en la parte A del anexo IX, con efectos a partir del 1 de enero de 2016, sin perjuicio de las obligaciones de los Estados miembros en relación con los plazos de transposición al Derecho nacional y de aplicación de las Directivas que figuran en la parte B del anexo IX.
3. Las referencias hechas a las Directivas derogadas se entenderán hechas a la presente Directiva y se leerán con arreglo a la tabla de correspondencias que figura en el anexo X.
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