Art. 10
Prohibición de emisión de dinero electrónico
En vigor desde 16 sept 2009
Artículo 10
Prohibición de emisión de dinero electrónico
Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 18, los Estados miembros prohibirán a toda persona física o jurídica que no sea emisora de dinero electrónico emitir dinero electrónico.
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