Art. 1

Modificaciones

En vigor desde 11 mar 2008
Artículo 1 Modificaciones La Directiva 2002/83/CE queda modificada como sigue: 1) En el artículo 64, la frase introductoria se sustituye por el texto siguiente: «Las siguientes adaptaciones técnicas destinadas a modificar elementos no esenciales de la presente Directiva se adoptarán con arreglo al procedimiento de reglamentación con control contemplado en el artículo 65, apartado 2:». 2) Se modifica el artículo 65 del siguiente modo: a) el apartado 2 se sustituye por el texto siguiente: «2.   En los casos en que se haga referencia al presente apartado, serán de aplicación el artículo 5 bis, apartados 1 a 4, y el artículo 7 de la Decisión 1999/468/CE, observando lo dispuesto en su artículo 8.»; b) se suprime el apartado 3.
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