Art. 1
En vigor desde 3 nov 2006
Artículo 1
El anexo de la Directiva 96/49/CE se sustituye por el texto siguiente:
«ANEXO
Anexo del Reglamento relativo al transporte internacional ferroviario de mercancías peligrosas (RID) — Apéndice C del Convenio relativo a los transportes internacionales ferroviarios (COTIF), en su forma de aplicación a partir del 1 de enero de 2007.
El texto de las modificaciones de la versión de 2007 del RID se publicará en cuanto esté disponible en todas las lenguas oficiales de la Comunidad.».
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