Art. 5
En vigor desde 5 jul 2006
Artículo 5
Los destinatarios de la presente Directiva son los Estados miembros.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dir:2006:52:oj#art-5
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
eli:dir:2006:52:oj#art-5