Art. 1
En vigor desde 14 dic 2005
Artículo 1
La Directiva 2000/14/CE se modifica como sigue:
(1)
La tabla del artículo 12 se sustituye por la tabla siguiente:
«Tipo de máquinas
Potencia neta instalada P (en kW)
Potencia eléctrica P
el en Kw (5)
Masa del aparato m en kg
Anchura de corte L en cm
Niveles de potencia acústica admisibles en dB/1 pW
Fase I a partir del 3 de enero de 2002
Fase II a partir del 3 de enero de 2006
Máquinas compactadoras (rodillos, planchas vibratorias, apisonadoras vibratorias)
P ≤ 8
108
105 (6)
8 < P ≤ 70
109
106 (6)
P > 70
89 + 11 lg P
86 + 11 lg P
(6)
Topadoras sobre oruga, cargadoras sobre oruga, palas cargadoras de oruga
P ≤ 55
106
103 (6)
P > 55
87 + 11 lg P
84 + 11 lg P
(6)
Topadoras, cargadoras y palas cargadoras sobre ruedas, motovolquetes, niveladoras, compactadoras de basuras tipo cargadoras, carretillas elevadoras en voladizo accionadas por motor de combustión, grúas móviles, máquinas compactadoras (rodillos no vibrantes), pavimentadoras, generadores de energía hidráulica
P ≤ 55
104
101 (6)
(7)
P > 55
85 + 11 lg P
82 + 11 lg P
(6)
(7)
Palas, montacargas para el transporte de materiales de construcción, tornos de construcción, motoazadas
P ≤ 15
96
93
P > 15
83 + 11 lg P
80 + 11 lg P
Trituradores de hormigón y martillos picadores de mano
m ≤ 15
107
105
15 < m < 30
94 + 11 lg m
92 + 11 lg m
(6)
m > 30
96 + 11 lg m
94 + 11 lg m
Grúas de torre
98 + lg P
96 + lg P
Grupos electrógenos de soldadura y de potencia
P
el ≤ 2
97 + lg P
el
95 + lg P
el
2 < P
el ≤ 10
98 + lg P
el
96 + lg P
el
10 > P
el
97 + lg P
el
95 + lg P
el
Motocompresores
P ≤ 15
99
97
P > 15
97 + 2 lg P
95 + 2 lg P
Cortadoras de césped, máquinas para el acabado del césped y recortadoras de césped
L ≤ 50
96
94 (6)
50 < L ≤ 70
100
98
70 < L ≤ 120
100
98 (6)
L > 120
105
103 (6)
El nivel de potencia acústica admisible debe redondearse por defecto o por exceso al número entero más próximo (si es mayor o igual a 0,5 se utilizará el número superior).»
(2)
El artículo 20 se modifica como sigue:
a)
en la primera frase del apartado 1, las palabras «A más tardar el 3 de enero de 2005» se sustituyen por «A más tardar el 3 de enero de 2007»;
b)
se suprime el apartado 3.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dir:2005:88:oj#art-1