Art. 1

En vigor desde 11 nov 2005
Artículo 1 En el punto 2.4 de la sección I de la parte A del anexo V de la Directiva 2000/29/CE, el último guión se sustituye por el texto siguiente: «— Semillas de Helianthus annuus L., Lycopersicon lycopersicum (L.) Karsten ex Farw. y Phaseolus L.».
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