Título TÍTULO IV

Art. Disposición final tercera

En vigor desde 19 mar 2020
Este Decreto-ley Foral entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial de Navarra» y mantendrá su vigencia mientras el Gobierno de Navarra determine que persisten las circunstancias extraordinarias que motivan su aprobación, excepto lo dispuesto en las disposiciones adicionales segunda y tercera, que tras su convalidación por el Parlamento de Navarra permanecerán vigentes.
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