Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 8
En vigor desde 19 mar 2020
Se levanta la suspensión contenida en la disposición adicional tercera de la Ley Foral 29/2019, de 23 de diciembre, a fin de posibilitar al personal incluido en el ámbito de aplicación del presente Decreto-ley Foral la prolongación de su permanencia en el servicio activo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley Foral 10/2003, de 5 de marzo, sobre régimen transitorio de los derechos pasivos del personal funcionario de los montepíos de las Administraciones Públicas de Navarra.
En todo caso las prolongaciones de la permanencia en el servicio activo que se produzcan al amparo de este artículo lo serán mientras se mantenga la aplicación de las medidas previstas en el presente Decreto-ley Foral.
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Tus anotaciones
Proeli/es-nc/dlf/2020/03/18/1#art-8