Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 37
En vigor desde 12 may 2020
Sin perjuicio del cumplimiento de aquellos requisitos generales establecidos en el Capítulo I del presente Título I que resulten de aplicación, los puestos de trabajo objeto de las presentes ayudas han de radicar en la Comunidad Autónoma de Extremadura y la entidad beneficiaria deberá estar en situación de alta en un código de cuenta de cotización a la Seguridad Social que corresponda a las provincias de Badajoz o Cáceres.
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Proeli/es-ex/dl/2020/04/24/8#art-37