Capítulo CAPÍTULO VI›Secc. Sección 9.ª Transparencia y rendición de cuentas
Art. 31
En vigor desde 16 abr 2021
1. En caso de que las entidades integrantes del sector público instrumental de las administraciones públicas perciban fondos financiados con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y del fondo REACT-EU en que la gestión y control corresponde a la Generalitat, tendrán que remitir información periódica de los gastos imputados a los diferentes proyectos o iniciativas financiadas con estos fondos, de acuerdo con el artículo 30 de este decreto ley. La forma, la periodicidad y cualquier otra información que se requiera lo establecerá la conselleria con competencias en materia de hacienda. En el caso de las entidades locales que reciben fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y del fondo REACT-EU , se tendrá que comunicar de manera periódica a efectos de conocer las inversiones llevadas a cabo en el territorio de la Comunitat Valenciana.
2. En el caso de financiación de proyectos gestionados por entidades privadas con fondos financiados con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y del fondo REACT-EU en los que la gestión y control corresponde a la Generalitat, aquella irá vinculada al cumplimiento de unos objetivos que se determinan, así como a la estimación de los costes para su logro. Las entidades tendrán que remitir información periódica de los gastos imputados a los diferentes proyectos o iniciativas financiadas con estos fondos. La forma, periodicidad y cualquier otra información que se requiera lo establecerá el departamento con competencia en materia de hacienda.
En el supuesto de que no se realice el gasto comprometido o en el caso de incumplimiento total o parcial de los objetivos previstos, las entidades habrán de reintegrar los fondos recibidos. Este procedimiento de reintegro lo establecerá la conselleria con competencias en materia de hacienda.
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ProDOGV-r-2021-90145#art-31