Art. 2
En vigor desde 31 jul 2020
Las subvenciones recogidas en el anexo que se incorpora a este Decreto-ley están exentas del trámite de fiscalización previa y se tramitarán en los mismos términos previstos para el procedimiento de concesión directa regulado para las subvenciones nominativas, en el artículo 26 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón.
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ProBOA-d-2020-90379#art-2