Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 30
En vigor desde 22 oct 2022
Las entidades locales de la Región de Murcia podrán seleccionar a su personal temporal acudiendo a las listas de espera o relaciones de aspirantes seleccionados mediante procedimientos extraordinarios en vigor en la Administración Regional. La renuncia al puesto de trabajo ofrecido no supondrá exclusión de la lista de espera correspondiente.
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ProBORM-s-2022-90316#art-30