Capítulo CAPÍTULO II

Art. 26

En vigor desde 16 jun 2021
1. Las bases reguladas en el presente capítulo se rigen por lo establecido en las normas básicas de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones, sin perjuicio de su carácter supletorio en el resto de disposiciones; en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura; en la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura; y en las demás normas concordantes en materia de subvenciones públicas. Asimismo, la Administración Autonómica queda sometida a las obligaciones que en materia de publicidad de subvenciones exige el artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura. 2. Las presentes bases serán aplicables en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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eli/es-ex/dl/2021/06/09/5#art-26

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