Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO VIII
Art. 35
En vigor desde 29 may 2024
Se suprime la Comisión de Medio Ambiente de las Illes Balears (CMAIB), las competencias de la cual serán asumidas por la dirección general que se determine orgánicamente, de acuerdo con lo que prevé el artículo 9 del texto refundido de la Ley de evaluación ambiental de las Illes Balears, aprobado por Decreto legislativo 1/2020, de 28 de agosto, con el régimen transitorio que establece la disposición transitoria primera de este decreto-ley.
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Proeli/es-ib/dl/2024/05/24/3#art-35