Art. Disposición final primera

En vigor desde 16 may 2023
Se modifica el apartado 2 del artículo único del Decreto-Ley 3/2021, de 10 de junio, de suspensión de la vigencia de lo dispuesto en los artículos 15.1 y 16.1 de la Ley 4/1998, de 24 de junio, Reguladora del Juego y de las Apuestas de Castilla y León, que queda redactado como sigue: «2. La suspensión tendrá una duración hasta el día 1 de enero de 2025 o hasta la entrada en vigor de la ley que modifique la Ley 4/1998, de 24 de junio, si ésta se produjera con anterioridad.»

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BOCL-h-2023-90202#disposicion-final-primera

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