Capítulo CAPÍTULO VIII
Art. Disposición final sexta
En vigor desde 14 abr 2021
Este Decreto Ley entra en vigor al día siguiente de la publicación en «Boletín Oficial de las Illes Balears».
No obstante, la modificación normativa que contiene la disposición final primera produce efectos desde el 26 de enero de 2021.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ib/dl/2021/04/12/3#disposicion-final-sexta