Art. Disposición adicional segunda

En vigor desde 28 oct 2021
El departamento competente en materia de agricultura debe publicar en su página web los datos relativos a las superficies de secano y regadío de las comarcas de Cataluña y el porcentaje de ocupación de la superficie agrícola correspondiente a las plantas autorizadas en el plazo de tres meses a contar desde la entrada en vigor de este Decreto-ley.
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