Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición transitoria novena

En vigor desde 29 dic 2009
A partir de la entrada en vigor de este Decreto-ley, las solicitudes de los informes sobre el grado de implantación de las empresas de la distribución comercial establecidos en el artículo 8 de la Ley 18/2005, de 27 de diciembre, de equipamientos comerciales, que estén en trámite, tienen que archivarse y se han de adoptar las medidas necesarias para proceder a la devolución de la tasa abonada.
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eli/es-ct/dl/2009/12/22/1#disposicion-transitoria-novena

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