Art. 2
En vigor desde 30 jun 2000
El Instituto Tecnológico de Aragón se configura como un centro de promoción de la investigación y el desarrollo, con arreglo a los criterios del interés general, orientando su actividad a impulsar la innovación tecnológica de las empresas.
Tus anotaciones
ProBOA-d-2000-90005#art-2