Título TÍTULO VIII›Capítulo CAPÍTULO VArt. 85-3En vigor desde 28 jun 2008Copiar enlaceA−AA+La tasa se devenga en el momento que se autoriza la utilización de las cabinas de lectura.Historial de versiones· 1 modificaciónTus anotaciones Pro AnteriorSiguiente DOGC-f-2008-90017#art-8-20