Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 10
En vigor desde 21 nov 2015
1. El Instituto Geográfico de Aragón es un órgano integrado en el Departamento competente en materia de ordenación del territorio.
2. Corresponde al Instituto obtener, organizar y difundir la documentación e información sobre el territorio de la Comunidad Autónoma, a través de la gestión y coordinación de los instrumentos de información territorial regulados en esta Ley.
Tus anotaciones
ProBOA-d-2015-90603#art-10