Libro TEXTO REFUNDIDO DE LAS DISPOSICIONES LEGALES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA EN MATERIA DE IGUALDAD›Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO V
Art. 63
En vigor desde 18 feb 2016
La Administración pública gallega se compromete en la erradicación, dentro del personal a su servicio, del acoso moral por razón de género, según la definición contenida en el artículo 2.3 y, en especial, con las situaciones de maternidad o de asunción de otras cargas familiares.
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ProDOG-g-2015-90667#art-63