Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 1.ª Reducciones de la base imponible

Art. 17

En vigor desde 13 jul 2017
La reducción aplicable a los grupos I y II de parentesco prevista en el artículo 20.2.a) de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, será de 300.000 euros. Se modifica por el art. único.1 de la Ley 7/2017, de 30 de junio. Ref. BOE-A-2017-9804 Esta modificación tiene efectos desde 1 de junio de 2017 según establece la disposición final única.2 de la citada ley.

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eli/es-as/dlg/2014/10/22/2#art-17

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