Capítulo CAPÍTULO VII

Art. Disposición adicional única

En vigor desde 15 ene 2005
Los bienes, servicios y personal dependientes del Instituto Nacional de la Salud ubicados en Aragón se incorporan orgánica y funcionalmente al Servicio Aragonés de Salud prestando todos los servicios y funciones sanitarias realizados por la Seguridad Social en Aragón.

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BOA-d-2005-90000#disposicion-adicional-unica-1

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