Libro TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY MUNICIPAL Y DE RÉGIMEN LOCAL DE CATALUÑA›Título TÍTULO IV
Art. 46
En vigor desde 21 may 2003
1. El municipio es la entidad básica de la organización territorial y el elemento primario de participación ciudadana en los asuntos públicos.
2. Las leyes de Cataluña garantizan la participación del municipio en todos los asuntos públicos que afectan directamente a sus intereses.
3. El municipio disfruta de autonomía, tiene personalidad jurídica y plena capacidad para el ejercicio de las funciones públicas que tiene encomendadas, para representar los intereses de la colectividad respectiva y para gestionar los servicios públicos cuya titularidad asuman.
4. Son elementos del municipio el territorio, la población y la organización.
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ProDOGC-f-2003-90008#art-46