Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 9.ª Régimen especial del criterio de caja

Art. 86

En vigor desde 21 oct 2025
La renuncia o exclusión de la aplicación del régimen especial del criterio de caja determinará el mantenimiento de las normas reguladas en el mismo respecto de las operaciones efectuadas durante su vigencia en los términos señalados en el artículo anterior.

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BOC-j-2025-90249#art-86

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