Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 9.ª Régimen especial del criterio de caja
Art. 86
En vigor desde 21 oct 2025
La renuncia o exclusión de la aplicación del régimen especial del criterio de caja determinará el mantenimiento de las normas reguladas en el mismo respecto de las operaciones efectuadas durante su vigencia en los términos señalados en el artículo anterior.
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ProBOC-j-2025-90249#art-86