Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO II

Art. 13

En vigor desde 26 mar 2023
Los convenios regulados en este Capítulo tendrán a todos los efectos carácter jurídico-administrativo. Una vez perfeccionados, cualquier ciudadano tendrá acceso a ellos en los términos establecidos en la legislación sobre régimen jurídico del sector público.

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DOCM-q-2023-90063#art-13

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