Título TÍTULO IV
Art. 79
En vigor desde 28 mar 2023
1. Las infracciones leves son sancionadas con apercibimiento y/o multa de hasta 3.000 euros.
2. Las infracciones graves son sancionadas con multa de hasta 18.000 euros y/o con la prohibición de acceder a cualquier tipo de ayuda pública de las administraciones públicas vascas por un período comprendido entre uno y tres años.
3. Las infracciones muy graves son sancionadas con multa de hasta 90.000 euros y/o con la prohibición de contratar y acceder a cualquier tipo de ayuda pública de las administraciones públicas vascas por un período comprendido entre tres y cinco años.
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