Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO V
Art. Disposición adicional segunda
En vigor desde 14 dic 2024
Todas las referencias a la Ley 12/2016, de 17 de agosto, de evaluación ambiental de las Islas Baleares, que contienen las normas legales o reglamentarias vigentes se entenderán hechas al texto refundido que se aprueba mediante este decreto legislativo.
Asimismo, todas las referencias a la Comisión de Medio Ambiente de las Illes Balears que contienen las normas legales o reglamentarias vigentes en materia de evaluación ambiental se deben entender efectuadas al órgano ambiental.
Se modifica por el .18 del Decreto-ley 3/2024, de 24 de mayo. Ref. BOE-A-2024-16940#a3-8 Se añade un párrafo por el .17 del Decreto-ley 3/2024, de 24 de mayo. Ref. BOE-A-2024-16940#a3-8
Tus anotaciones
Proeli/es-ib/dlg/2020/08/28/1#disposicion-adicional-segunda