Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección 1.ª Estructura profesional

Art. 35

En vigor desde 7 ago 2020
1. Los Cuerpos de la Policía del País Vasco se estructuran jerárquicamente en escalas y, dentro de estas, en las siguientes categorías: a) Escala Superior: con la categoría de intendente. b) Escala Ejecutiva, con las categorías de comisario o comisaria y subcomisario o subcomisaria. c) Escala de Inspección, con las categorías de oficial y suboficial. d) Escala Básica, con las categorías de agente primero y agente primera y agente. 2. Las escalas se clasifican en los siguientes grupos y subgrupos profesionales: a) La Escala Superior se clasifica en el grupo A, subgrupo A1. b) La Escala Ejecutiva se clasifica en el grupo A, subgrupo A2. c) Las escalas de Inspección y Básica se clasifican ambas en el grupo C, subgrupo C1. 3. En la Ertzaintza existirá, asimismo, la Escala de Facultativos y Técnicos, cuyas plazas corresponderán a los subgrupos de clasificación A1, A2 y C1 en función de la titulación exigida en cada caso.
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