Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 18
En vigor desde 25 dic 2019
Las personas consumidoras y usuarias tienen derecho a que sus legítimos intereses económicos y sociales sean respetados en los términos establecidos en la legislación comunitaria, estatal y autonómica aplicable.
Tus anotaciones
ProDOGV-r-2019-90594#art-18