Libro TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE URBANISMO DE ARAGÓN›Título TÍTULO SEGUNDO›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección 1.ª Contenido
Art. 38
En vigor desde 20 nov 2014
1. El plan general de ordenación urbana, como instrumento de ordenación integral, abarcará uno o varios términos municipales completos, clasificará el suelo para el establecimiento del régimen jurídico correspondiente y definirá los elementos fundamentales de la estructura general adoptada para la ordenación urbanística del territorio.
2. El plan general respetará las determinaciones vinculantes de las directrices de ordenación del territorio y de los planes de ordenación de los recursos naturales que resulten aplicables. En su memoria se motivará toda eventual falta de seguimiento de las determinaciones indicativas de tales instrumentos.
Tus anotaciones
ProBOA-d-2014-90410#art-38