Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 1.ª Transmisiones patrimoniales onerosas

Art. 14 quinquies

En vigor desde 26 nov 2023
Se establece una deducción del 100 % de la cuota correspondiente a los excesos de adjudicación que, por razón de la compensación con otros bienes integrantes del caudal hereditario, se produzcan en adquisiciones inmobiliarias u otros bienes indivisibles por causa de muerte, incluidos los pactos sucesorios, de los sujetos pasivos de los grupos I, II y III, siempre que haya acuerdo de los sujetos pasivos en la partición de los bienes. Se añade por el de la Ley 11/2023, de 23 de noviembre. Ref. BOE-A-2023-24913

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eli/es-ib/dlg/2014/06/06/1#art-14-quinquies

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