Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO VISecc. Sección 3.ª Devengo y cuota tributaria

Art. 88

En vigor desde 1 ene 2015
En los supuestos contemplados en los artículos 80 y 81, la cuota variable será la que resulte de aplicar un tipo de gravamen que se establecerá individualmente para cada contribuyente aplicando la fórmula polinómica que se describe en el anexo III de este texto refundido.
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eli/es-as/dlg/2014/07/23/1#art-88

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