Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 3.ª Deuda tributaria

Art. 11

En vigor desde 1 ene 2016
En las adquisiciones mortis causa por sujetos pasivos incluidos en el Grupo I del artículo 6.Dos del presente texto refundido, incluidas las cantidades percibidas por las personas beneficiarias de seguros sobre la vida, se practicará una deducción del 99 % del importe de la cuota. Se modifica por el .3 de la Ley 13/2015, de 24 de diciembre. Ref. BOE-A-2016-2017 .

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ga/dlg/2011/07/28/1#art-11

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil