Título TÍTULO I

Art. 4

En vigor desde 29 jun 2011
1. Sin perjuicio de su prórroga, los Presupuestos Generales extenderán su vigencia a un ejercicio económico de duración anual. 2. El ejercicio económico o presupuestario coincidirá con el año natural.
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eli/es-pv/dlg/2011/05/24/1#art-4

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