Título GRUPO 9Capítulo T951

Art. 5

Derogado
En vigor desde 1 ene 2008
Quedan exentos del pago las Consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y sus Organismos Autónomos cuando realicen la solicitud de la prestación de oficio. Se añade por el .16 de la Ley 11/2007, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2008-12587

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BORM-s-2004-90027#art-5-57

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