Capítulo CAPÍTULO XXVIII
Art. 118
En vigor desde 4 feb 2016
Son sujetos pasivos de la tasa las personas y entidades a que se refiere el artículo 13 de la Ley 5/2006, de 22 de junio, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón, que soliciten o para quienes se presten los servicios y actuaciones administrativas que constituyen el hecho imponible.
Se modifica por el de la Ley 2/2016, de 28 de enero. Ref. BOE-A-2016-2408 Se añade, en la redacción dada por la Ley 12/2004, de 29 de diciembre, por el de la Ley 13/2005, de 30 de diciembre. Ref. BOA-d-2005-90009
Tus anotaciones
ProBOA-d-2004-90019#art-118