Capítulo CAPÍTULO XI

Art. Disposición adicional vigésima primera

En vigor desde 1 ene 2013
Con el fin de proceder a la homogeneización y racionalización de los puestos de trabajo, el Departamento competente en materia de función pública podrá condicionar la provisión de los puestos vacantes a su previa modificación en la relación de puestos de trabajo. Se añade por el .10 de la Ley 10/2012, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2013-1424

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BOA-d-1991-90001#disposicion-adicional-vigesima-primera

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