Capítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección primera. Cotización

Art. Artículo once

En vigor desde 26 ene 1996
(Derogado) Se deroga por la disposición derogatoria única.3 del Real Decreto 2064/1995, de 22 de diciembre. Ref. BOE-A-1996-1579 .

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eli/es/d/1970/08/20/2530#articulo-once

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