Art. 1
Artículo 1
La Decisión (PESC) 2025/1554 se modifica como sigue:
1)
En el artículo 1, el apartado 4 se sustituye por el texto siguiente:
«4. La duración de la medida de asistencia será de cincuenta y cuatro meses a partir de la fecha de adopción de la presente Decisión.».
2)
En el artículo 2, el apartado 1 se sustituye por el texto siguiente:
«1. El importe de referencia financiera destinado a cubrir los gastos relacionados con la medida de asistencia será de 20 000 000 EUR.».
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Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
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Procelex:32026D2136#art-1