Art. 2
Comité Consultivo Mixto
En vigor desde 16 mar 2026
Artículo 2
Comité Consultivo Mixto
1. Se refrenda la creación del Comité Consultivo Mixto, compuesto por un número igual de representantes del Comité Europeo de las Regiones, por una parte, y de representantes elegidos de las autoridades locales y regionales de Ucrania, por otra.
2. El Comité Consultivo Mixto llevará a cabo, por iniciativa propia, sus actividades dirigidas a promover el diálogo y fomentar la cooperación entre las autoridades locales y regionales.
3. El Comité Consultivo Mixto adoptará su propio reglamento interno.
4. El Comité Consultivo Mixto podrá presentar recomendaciones al Consejo de Asociación.
5. Los gastos relacionados con las reuniones del Comité Consultivo Mixto, incluidos los derivados de la organización y de la participación de sus delegados y su personal de apoyo, así como las dietas de viaje y manutención, correrán a cargo del Comité Europeo de las Regiones y del Gobierno de Ucrania.
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