Art. 1

En vigor desde 8 dic 2025
Artículo 1 La Decisión 2010/788/PESC se modifica como sigue: 1) En el artículo 9, apartado 2, la fecha de «12 de diciembre de 2025» se sustituye por la de «12 de diciembre de 2026». 2) El anexo II se modifica de conformidad con el anexo de la presente Decisión.
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eli:dec:2025:2507:oj#art-1

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