Art. 1
En vigor desde 20 nov 2025
Artículo 1
Se acepta la solicitud de los Países Bajos de no aplicar el punto 5.10.2.4, del índice 4, subset--026, del cuadro A 2 del apéndice A del anexo I del Reglamento de Ejecución (UE) 2023/1695 a los 205 trenes SNG que figuran en el anexo de la presente Decisión, con la condición de que se apliquen la disposición y la medida alternativas propuestas por los Países Bajos.
Los Países Bajos notificarán sin demora a la Comisión cualquier cambio en los identificadores de los trenes que figuran en el anexo.
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