Art. 1
En vigor desde 13 nov 2025
Artículo 1
El biocida «Saltidin 20 % Outdoor», que lleva el número de expediente BC-PA066303-55 en el Registro de Biocidas, cumple la condición de autorización establecida en el artículo 19, apartado 1, letra b), inciso iii), del Reglamento (UE) n.o 528/2012 respecto a los adultos y los niños mayores de doce años, siempre que en la autorización y en la etiqueta del producto se incluya la medida cautelar adicional «lavarse bien las manos antes de manipular o ingerir alimentos».
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