Art. 2

En vigor desde 13 oct 2025
Artículo 2 Después del punto 5k [Directiva (UE) 2019/1024 del Parlamento Europeo y del Consejo] del anexo XI del Acuerdo EEE se inserta el texto siguiente: «5ka. 32022 R 0868: Reglamento (UE) 2022/868 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2022, relativo a la gobernanza europea de datos y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2018/1724 (Reglamento de Gobernanza de Datos) (DO L 152 de 3.6.2022, p. 1). A efectos del presente Acuerdo, las disposiciones del Reglamento se entenderán con las adaptaciones siguientes: a) Las referencias al Derecho de la Unión se entenderán hechas al Acuerdo EEE. b) En el artículo 11, después del apartado 9 se inserta el apartado siguiente: “9 bis.   En lo que respecta a las entidades inscritas en el registro público nacional de proveedores de servicios de intermediación de datos reconocidos de un Estado de la AELC, esas entidades podrán utilizar la denominación ‘proveedor de servicios de intermediación de datos reconocido en el EEE’.”. c) En el artículo 17, después del apartado 2 se inserta el apartado siguiente: “2 bis.   En lo que respecta a las entidades inscritas en el registro público nacional de organizaciones reconocidas de gestión de datos con fines altruistas de un Estado de la AELC, esas entidades podrán utilizar la denominación ‘organización de gestión de datos con fines altruistas reconocida en el EEE’.”. d) En el artículo 24, apartado 5, después de los términos “organización de gestión de datos con fines altruistas reconocida en la Unión”, se insertan los términos “u ‘organización de gestión de datos con fines altruistas reconocida en el EEE’”. e) En el artículo 29, apartado 1, se añade el párrafo siguiente: “Los Estados de la AELC participarán plenamente en el Comité Europeo de Innovación en materia de Datos, con excepción del derecho de voto.” 5kaa. 32023 R 1622: Reglamento de Ejecución (UE) 2023/1622 de la Comisión, de 9 de agosto de 2023, sobre el diseño de logotipos comunes para identificar a los proveedores de servicios de intermediación de datos y a las organizaciones de gestión de datos con fines altruistas reconocidos en la Unión (DO L 200 de 10.8.2023, p. 1).».
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec:2025:2128:oj#art-2

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil