Art. 1
En vigor desde 10 oct 2025
Artículo 1
Se nombran suplentes del Comité de las Regiones para el período comprendido entre el 10 de octubre de 2025 y el 25 de enero de 2030 a las personas que figuran en el anexo.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec:2025:2119:oj#art-1