Art. 1
En vigor desde 22 sept 2025
Artículo 1
El artículo 3 de la Decisión de Ejecución 2013/805/UE se sustituye por el texto siguiente:
«Artículo 3
La presente Decisión expirará el 31 de diciembre de 2028.
Toda solicitud de prórroga de la autorización contemplada en la presente Decisión se presentará a la Comisión a más tardar el 31 de marzo de 2028. Dicha solicitud irá acompañada de un informe que incluya una reconsideración de la limitación porcentual aplicada al derecho de deducción del IVA sobre la base de la presente Decisión.».
Historial de versiones
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